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México estrena era laboral: trabajadores ya pueden exigir el derecho a sentarse

  • Writer: Rafael Sánchez Navarro
    Rafael Sánchez Navarro
  • Jun 1
  • 3 min read

La reforma conocida como Ley Silla marca un antes y después en las condiciones laborales del país. Desde el 17 de junio de 2025, millones de trabajadores mexicanos tienen garantizado por ley el derecho al descanso durante su jornada, mientras que desde el 17 de julio están vigentes los lineamientos técnicos que definen exactamente cómo deben cumplir las empresas.


El mensaje es claro: prohibir que los empleados permanezcan de pie durante toda su jornada ya no es solo "mala práctica", sino una violación legal que puede costar hasta $282,850 pesos por trabajador afectado.


¿Qué cambió exactamente?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) definió que cualquier persona que trabaje de pie más de tres horas continuas tiene derecho a sillas ergonómicas y pausas de descanso. La normativa abarca sectores de servicios, comercio, actividades análogas y, cuando sea técnicamente posible, establecimientos industriales.

Las empresas mexicanas enfrentan ahora una realidad dual: cumplir es obligatorio desde junio, pero la documentación y procesos internos deben estar listos antes del 14 de diciembre de 2025.


El costo real del incumplimiento

Las multas no son simbólicas. La STPS puede imponer sanciones de 250 a 2,500 UMAs por cada trabajador afectado, lo que representa entre $28,285 y $282,850 pesos por persona. En casos de reincidencia, las autoridades pueden ordenar suspensión temporal de operaciones.

Los trabajadores, por su parte, pueden reportar incumplimientos de forma anónima ante la STPS o PROFEDET, convirtiendo cada empleado en un potencial fiscalizador de la empresa.


Más que sillas: un sistema de gestión ergonómica

Los nuevos lineamientos exigen que las empresas:


Diagnostiquen cada puesto de trabajo mediante análisis ergonómicos que clasifiquen el riesgo como bajo, medio o alto según tiempo de bipedestación, movilidad del trabajador y condiciones del entorno.

Proporcionen mobiliario específico con respaldo, altura ajustable y características ergonómicas adecuadas, ubicado en el puesto de trabajo, área adyacente o zona de descanso según la naturaleza de las funciones.

Documenten todo el proceso en actas de la comisión de seguridad e higiene, incluyendo diagnósticos individuales, medidas implementadas y evidencias de capacitación.

Implementen medidas complementarias como pausas activas, superficies amortiguadas, calzado adecuado y vigilancia médica para trabajadores en riesgo.


La perspectiva internacional

México se alinea con estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), adoptando un enfoque preventivo hacia riesgos musculoesqueléticos que ya reconocen países desarrollados. La medida también tiene una dimensión de género, considerando que muchas de las personas más afectadas por bipedestación prolongada son mujeres.


Estrategia empresarial recomendada

Las empresas que han anticipado exitosamente el cambio han seguido una ruta de implementación estructurada:


Auditoría inmediata de todos los puestos donde el personal permanece de pie, clasificando por sectores y turnos para identificar prioridades de inversión.

Inversión escalonada en mobiliario ergonómico, comenzando por las áreas de mayor riesgo y avanzando hacia zonas de impacto medio.

Capacitación integral del personal directivo y supervisores sobre los nuevos derechos laborales y procedimientos de implementación.

Preparación documental con formatos, actas y evidencias que demuestren cumplimiento ante futuras inspecciones.

Comunicación proactiva con empleados sobre los beneficios y correcta utilización de las nuevas medidas.


Conclusión: La Ley Silla representa más que una obligación regulatoria; es una oportunidad para que las empresas mexicanas demuestren liderazgo en bienestar laboral y se posicionen como empleadores de preferencia en un mercado cada vez más competitivo por el talento.

Las organizaciones que aborden el cumplimiento con visión estratégica, combinando inversión en equipamiento con capacitación especializada, no solo evitarán sanciones sino que construirán ventajas competitivas duraderas en retención de personal y reputación corporativa.


Contacto profesional


BSN – Bufete Sánchez‑Navarro, S.C.

Rafael Sánchez‑Navarro CarazaSocio Director

+52 55 5631 9666


Salvador Sánchez LópezSocio de Consultoría

+52 55 5631 9666

 
 
 

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